Sr. Empresario del Área Metropolitana: EVITE SER SANCIONADO
Habilitaciones
- CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL: Certificado expedido por el Gobierno de la Nación que habilita y avala como transportista de residuos peligrosos bajo las normas y leyes vigentes.
- CERTIFICADO DE HABILITACION ESPECIAL: Certificado expedido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que habilita y avala como transportista de residuos peligrosos bajo las normas y leyes vigentes.
- HABILITACION MUNICIPAL
- SENASA
Normativa
Ley 25612 de Gestión integral de residuos industriales.
TITULO I
Capítulo 1
De las disposiciones generales
Artículo 1: Las disposiciones de la presente ley establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios.
Se entiende por proceso industrial, toda actividad, procedimiento, desarrollo u operación de conservación, reparación o transformación en su forma, esencia, calidad o cantidad de una materia prima o material para la obtención de un producto final mediante la utilización de métodos industriales
Se entiende por actividad de servicio, toda actividad que complementa a la industrial o que por las características de los residuos que genera sea asimilable a la anterior, en base a los niveles de riesgo que determina la presente.
Artículo 2: Se entiende por residuo industrial a cualquier elemento, sustancia u objeto en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso, obtenido como resultado de un proceso industrial, por la realización de una actividad de servicio, o por estar relacionado directa o indirectamente con la actividad, incluyendo eventuales emergencias o accidentes, del cual su poseedor productor o generador no pueda utilizarlo, se desprenda o tenga la obligación legal de hacerlo.
Artículo 3: Se entiende por gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicio al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí, que comprenden las etapas de generación, manejo, almacenamiento, transporte, tratamiento o disposición final de los mismos, y que reducen o eliminan los niveles de riesgo en cuanto a su peligrosidad, toxicidad o nocividad, según lo establezca la reglamentación,para garantizar la preservación ambiental y la calidad de vida de la población.